Subsidio para mayores de 52 años
¿Quienes son los beneficiarios?
1.- Podrían acceder a este subsidio personas que cumplan 52 años de edad y estén inscritos de forma permanente como demandantes de empleo, cumpliendo el resto de los requisitos exigidos (antes sólo podían acceder si cumplían 55 mientras percibían una prestación o subsidio por desempleo, si no era así quedaban expulsados).
2.- El requisito de carencia de rentas se refería sólo a rentas personales (el PP lo elevó a rentas familiares).
3.- La duración del subsidio se extenderá hasta que la persona benefciaria alcance la edad ordinaria de jubilación (antes se obligaba a la jubilación en la primera oportunidad que tuviera acceso, es decir a una jubilación anticipada y por lo tanto reducida).
4.- La cuantía del subsidio no se reducirá, aunque el último trabajo haya sido a tiempo parcial (antes se reducía la cuantía en proporción a las horas que se hubiera trabajado).
5.- Se eleva la cotización al 125% de la Base Mínima de Cotización (antes sólo el 100% de esa Base), que además se cotizará por un periodo mayor debido, en primer lugar, a la reducción de la edad de acceso a los 52 años y, en segundo término, a la prolongación de la duración del subsidio hasta alcanzar la edad ordinaria de acceso a la jubilación.
FUENTE: UGT